Manos Libres

Es ilegal en Arizona hablar o enviar mensajes de texto por un teléfono celular mientras se conduce, a menos que el dispositivo esté en modo de manos libres.

Esta ley prohíbe a los conductores utilizar un teléfono celular o un dispositivo electrónico autónomo mientras se conduce, a menos que se esté utilizando en modo de manos libres. Esto incluye, pero no se limita a, teléfonos móviles, tabletas, música y dispositivos de juego.

Un «dispositivo electrónico autónomo» es un dispositivo portátil distinto de un dispositivo de comunicación inalámbrica portátil que almacena archivos de datos de audio o vídeo para ser recuperados a petición de un usuario.

Será contrario a la ley, mientras se conduce, a:

  1. Sostener o apoyar un dispositivo con el cuerpo.

    1. Esto incluye, pero no se limita a, en las manos y posado en el hombro.

  2. Leer, escribir o enviar un mensaje a través de cualquier dispositivo de comunicación inalámbrico portátil.

  3. Desplazarse por las redes sociales, ver vídeos, grabar vídeos o cualquier otro uso del dispositivo que provoque una distracción y requiera el uso de su cuerpo.

Hacer o contestar una llamada Leer o enviar mensajes Sostener o apoyar un dispositivo con el cuerpo
Respuesta de manos libres Lectura de manos libres Apoyo de manos libres

Se le permitirá:

  1. Activar y desactivar una función en el dispositivo, como el inicio de la ruta GPS y responder o finalizar una llamada.

  2. Hablar en el dispositivo de comunicación inalámbrica portátil con un auricular, un dispositivo de auriculares o un dispositivo que se lleve en la muñeca para realizar una comunicación basada en la voz.

  3. Utilizar un dispositivo para la navegación del vehículo.

  4. Utilizar un dispositivo en una situación de emergencia para pedir ayuda o denunciar un delito.

ManosFree Device GPS Navigation Emergency 911 Calls
Hands Free Bluetooth Hands Free GPS Manos Libres 911

La persona que infrinja esta ley está sujeta a la siguiente sanción civil:

  1. Primera infracción: $75 – $149 de multa

  2. Segunda infracción o subsecuentes: $150 – $250 de multa

Hay excepciones a la ley, incluyendo a los socorristas de emergencia, personas en una situación de emergencia o alertando a los socorristas de una situación de emergencia o crimen. Además, la ley no se aplica a las radios, a la radio de banda ciudadana, al híbrido de radio de banda ciudadana, a las radios comerciales de dos vías, a los dispositivos de comunicación de emergencia basados en la suscripción, a los dispositivos médicos prescritos, a los dispositivos de radioaficionado o de jamón, o a los sistemas de seguridad, de navegación o de diagnóstico remoto a bordo de vehículos.

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