Rama Judicial de Carolina del Norte

¿Qué es una ejecución hipotecaria?

Una ejecución hipotecaria es un método para hacer cumplir el pago de una deuda garantizada por una hipoteca, una escritura de fideicomiso o un gravamen sobre un bien inmueble mediante la venta del bien inmueble y la aplicación del producto de la venta para satisfacer la deuda. Como resultado de la ejecución hipotecaria, el propietario pierde todos los derechos sobre la propiedad.

¿Qué es una ejecución hipotecaria con poder de venta?

Una ejecución hipotecaria con poder de venta es un derecho contractual bajo los términos de una escritura de fideicomiso que da al fiduciario el poder de vender la propiedad inmobiliaria en nombre del prestamista si el prestatario no paga. El procedimiento para la ejecución hipotecaria con poder de venta está contenido en el Artículo 2A del Capítulo 45 de los Estatutos Generales de Carolina del Norte. Una ejecución hipotecaria por poder de venta no puede proceder a menos que sea autorizada por un tribunal después de una audiencia. Un secretario del tribunal superior en el condado donde se encuentra la propiedad inmobiliaria tiene autoridad para autorizar o denegar una ejecución hipotecaria por poder de venta. Un secretario del tribunal superior sólo puede escuchar y decidir ciertas cuestiones de hecho y de derecho en un procedimiento de ejecución hipotecaria por poder de venta.

¿Qué es una ejecución hipotecaria por acción civil?

Una ejecución hipotecaria por acción civil difiere de una ejecución hipotecaria por poder de venta. Una ejecución hipotecaria por acción civil se presenta en el tribunal de distrito o en el tribunal superior, dependiendo del valor de los bienes inmuebles sujetos a la ejecución hipotecaria. El procedimiento para una venta en una ejecución hipotecaria por acción civil está contenido en el Artículo 29A en el Capítulo 1 de los Estatutos Generales de Carolina del Norte. Un juez en una ejecución hipotecaria por acción civil tiene una jurisdicción y autoridad más amplia que el secretario en una ejecución hipotecaria por poder de venta. Consulte el tema de ayuda sobre demandas para obtener más información sobre los casos civiles.

¿Qué es una ejecución hipotecaria de impuestos?

La ejecución de un gravamen fiscal es un medio legal para cobrar los impuestos sobre la propiedad no pagados por una entidad del gobierno local. Hay dos métodos para ejecutar un gravamen fiscal:

  1. Un gravamen fiscal puede ser ejecutado por acción civil de acuerdo con el Estatuto General de Carolina del Norte §105-374.
  2. Una ejecución in rem es un método de ejecución de un gravamen fiscal de acuerdo con el Estatuto General de Carolina del Norte §105-375.

No hay audiencia judicial en este método de ejecución antes de la entrada de una sentencia de ejecución. Sin embargo, una persona que tiene un interés en la propiedad inmobiliaria puede comparecer ante el secretario y pedir que la sentencia de ejecución hipotecaria sea anulada sobre la base de que el impuesto ha sido pagado o que el gravamen fiscal sobre el que se basa la sentencia no es válido. Sin embargo, la persona que desee que se anule la sentencia debe comparecer ante el secretario sobre la moción antes de la ejecución de la sentencia.

¿Qué es una ejecución hipotecaria de una comunidad de propietarios o de un condominio?

De acuerdo con la ley de Carolina del Norte, una asociación de propietarios o una asociación de condóminos puede presentar una reclamación de embargo sobre la propiedad inmobiliaria cuando un propietario no paga las cuotas como se exige en los convenios restrictivos (declaración). El procedimiento para presentar y ejecutar una reclamación de embargo se establece en el Estatuto General de Carolina del Norte §47F-3-116 para las asociaciones de propietarios y en el Estatuto General de Carolina del Norte §47C-3-116 para las asociaciones de condóminos. La asociación, actuando a través de la junta directiva, puede ejecutar la reclamación de gravamen del mismo modo que una hipoteca o una escritura de fideicomiso con poder de venta, tal como se establece en el Art. 2 del capítulo 45 de los Estatutos Generales. Una asociación también puede optar por ejecutar una reclamación de gravamen a través del proceso de ejecución por acción civil.

¿Qué es un pagaré?

Un pagaré es un documento legal en el que una parte se compromete a pagar una suma de dinero a otra parte en un momento determinado, a petición, o en intervalos regulares. Un prestatario (deudor) firma un pagaré cuando un prestamista (acreedor) le presta dinero. Los bienes inmuebles pueden utilizarse como garantía para asegurar el pago de la deuda.

¿Qué es una escritura de fideicomiso?

Una escritura de fideicomiso es un documento legal por el que el propietario de bienes inmuebles transmite el título legal de la propiedad inmobiliaria a un fideicomisario para garantizar una deuda (préstamo) para un tercero (beneficiario). El título equitativo permanece con el prestatario u otro individuo o entidad. La mayoría de las escrituras de fideicomiso en Carolina del Norte contienen un lenguaje de «poder de venta» que requiere que el fiduciario venda la propiedad, a petición del beneficiario, en caso de incumplimiento de los términos de un pagaré o escritura de fideicomiso.

¿Qué es un tenedor?

Un tenedor es una persona, entidad, patrimonio, fideicomiso, sociedad, etc. que está (i) en posesión de un pagaré que es (ii) pagadero al portador, endosado en blanco, o pagadero a una persona identificable que es la persona en posesión. Véase N.C. Gen. Stat. § 25-1-201(b)(21).

¿Qué es un «acreedor hipotecario» y un «deudor hipotecario»?

De acuerdo con G.S. § 45-21.1(b)(2), el término acreedor hipotecario o fiduciario incluye a cualquier persona o entidad que ejerza un poder de venta de acuerdo con el Art. 2A del G.S. Ch. 45. Un deudor hipotecario es un prestatario que está obligado a pagar el préstamo.

¿Quién es el fiduciario o sustituto del fiduciario?

El fideicomisario es un tercero neutral que posee la titularidad legal de los bienes inmuebles como garantía de una deuda hasta que ésta sea satisfecha. Si el prestatario no cumple con los términos del pagaré o la escritura de fideicomiso, por ejemplo, deja de hacer los pagos, el beneficiario bajo la escritura de fideicomiso puede pedir al fiduciario para iniciar el proceso de ejecución hipotecaria. Un beneficiario en virtud de una escritura de fideicomiso puede sustituir a un fideicomisario por otro mediante el registro de un documento de sustitución del fideicomisario en el Registro de Escrituras del condado.

¿Qué es un incumplimiento?

Un incumplimiento es la falta de un prestatario (deudor) para cumplir con una obligación (s) en virtud de un pagaré, escritura de fideicomiso, o de los propietarios o convenios de la asociación de condominios, como por no hacer los pagos requeridos. El impago es el desencadenante que permite al beneficiario de una escritura de fideicomiso o a la asociación de propietarios de viviendas o condominios autorizar a un fideicomisario para que inicie el procedimiento de ejecución hipotecaria.

¿Existe asistencia jurídica gratuita para los casos de ejecución hipotecaria?

Legal Aid of North Carolina es una organización estatal sin fines de lucro que puede ayudar a algunos propietarios en sus casos de ejecución hipotecaria. Usted puede solicitar la representación de Legal Aid llamando al 1-866-219-5262 o solicitando en línea. Vea el tema de ayuda para encontrar un abogado para otras organizaciones que representan a los propietarios de viviendas en ejecución hipotecaria y más información sobre cómo encontrar un abogado.

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