Centro de Detención del Condado de Harford

Información básica del Centro de Detención del Condado de Harford para ayudar a guiarlo en lo que puede hacer por su recluso mientras está encarcelado. El número de contacto directo de la instalación: 410-638-3140

El Centro de Detención del Condado de Harford es un centro de detención de mediana seguridad ubicado en 1030 Rock Spring Rd Bel Air, MD que es operado localmente por la Oficina del Alguacil del Condado de Harford y mantiene a los reclusos en espera de juicio o sentencia o ambos. La mayoría de los reclusos sentenciados están aquí por menos de dos años. El condado de Harford acepta reclusos de los pueblos de los alrededores, los municipios, el Servicio de Alguaciles de los Estados Unidos y el Departamento de Policía de Bel Air que no tienen su propio centro de reclusión de larga duración.

El predecesor del Centro de Detención del Condado de Harford fue la cárcel. La cárcel original se construyó en 1791, y parte de ella sigue en pie. Esta cárcel constaba de tres pisos, cada uno con seis celdas de doble litera por piso, una celda para mujeres y otra para menores. La esposa del sheriff preparaba las comidas in situ y las servía en una pequeña bandeja de metal. La antigua cárcel sólo servía como centro de detención previa a la sentencia. A mediados de la década de 1960, la agencia contaba con tres carceleros, que también actuaban como operadores de radio de la policía. Las visitas religiosas y familiares eran los únicos servicios que se ofrecían en esa época.

El objetivo principal del Centro de Detención es proporcionar cuidado, custodia y seguridad a los presos y al personal, también ofrece una variedad de programas al recluso. Estos programas proporcionan a los reclusos la oportunidad de mantener y mejorar su bienestar físico, emocional y psicológico al reintegrarse en la comunidad del condado de Harford.

El Centro de Detención del Condado de Harford abrió sus puertas en 1973 con una capacidad de 100 reclusos. La última expansión se completó en 2012, que añadió 288 camas a la instalación para una capacidad total de 762.

Correo de cartas – Por razones de seguridad, se han hecho cambios en la política de correo de los reclusos en el Centro de Detención del Condado de Harford. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de agosto de 2016. Después de esa fecha, cualquier correspondencia que no cumpla con estos requisitos será devuelta al remitente.

  1. La correspondencia personal entrante debe ser a través de tarjetas postales producidas comercialmente que cumplan con las normas del Servicio Postal de los Estados Unidos para la entrega de tarjetas postales.

    Las formas inaceptables de tarjetas postales incluyen, pero no se limitan a, artículos con etiquetas o pegatinas; artículos que estén alterados o desfigurados de cualquier manera; artículos con marcas de agua o manchados o marcados con pintura, crayón o marcador; artículos con riesgos biológicos o líquidos, incluyendo perfume, lápiz de labios o fluidos corporales; artículos que representen material relacionado con cualquier organización subversiva, asociaciones o grupos considerados como un grupo de amenaza a la seguridad; artículos que representen actos ilícitos o explícitos. No se aceptarán tarjetas postales hechas a mano o tarjetas de índice.

  2. Se aceptará un máximo de 5 fotografías en un sobre claramente marcado como «Fotos» o «Fotografías».

Las fotografías deben ser en papel fotográfico, y no pueden ser Polaroid, tarjetas de bolsillo de plástico o tarjetas de identificación. Las fotografías no podrán tener un tamaño superior a 4″ x 6″ y no podrán representar actos o actividades sexuales ilícitas o explícitas, ni ningún material relacionado con organizaciones, asociaciones o grupos subversivos.

Toda la correspondencia deberá seguir dirigiéndose al recluso en concreto y deberá incluirse su nombre y apellidos y su número de identificación. Como siempre, los libros y publicaciones deben proceder directamente del editor o distribuidor. Las revistas deben proceder directamente de un editor y no de un tercero. Todas las publicaciones deben ser nuevas. El material usado será devuelto. Toda la correspondencia que provenga de los tribunales, abogados u otra correspondencia legal puede estar en sobres y será abierta e inspeccionada en presencia del recluso.

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